Tipos de seguros 2 min

Seguro de impago de alquiler

Aviso: Contenido divulgativo. No constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico. Las condiciones reales de cada póliza varían: consulta el contrato concreto y/o a profesional cualificado antes de decisiones importantes.

En una frase

Seguro que contrata el propietario de una vivienda en alquiler para cobrar las rentas si el inquilino deja de pagar, y que suele incluir defensa jurídica para el desahucio. Información general.

Qué es Seguro de impago de alquiler

El seguro de impago de alquiler (o seguro de protección de rentas) garantiza al arrendador el cobro de las mensualidades impagadas por el inquilino, hasta un número máximo de meses, además de asumir la defensa jurídica del proceso de reclamación y, en su caso, de desahucio.

Cómo funciona

Antes de contratar, la aseguradora estudia la solvencia del inquilino (nóminas, contrato laboral, historial). Si el inquilino deja de pagar, el propietario lo comunica; tras el periodo de carencia que marque la póliza, la aseguradora abona las rentas (hasta 6-12 meses según contrato) y se ocupa del procedimiento judicial. A veces cubre también desperfectos por vandalismo del inquilino.

Consejos prácticos

Lo paga el propietario, aunque a veces se traslada parcialmente al inquilino en el precio. Es muy útil ante el riesgo de impagos largos. Revisar: número de meses cubiertos, periodo de carencia hasta que paga la aseguradora, y si exige un perfil de inquilino concreto.

Datos curiosos

  • La aseguradora suele rechazar asegurar inquilinos que no superen su scoring de solvencia.
  • Algunos seguros incluyen también la cobertura de daños por actos vandálicos del inquilino.
  • No evita el impago, pero adelanta el dinero y costea el desahucio.

Preguntas frecuentes

¿Lo paga el dueño o el inquilino?

Lo contrata y paga el propietario, aunque puede repercutir parte en la renta.

¿Cuántos meses cubre?

Depende de la póliza: habitualmente entre 6 y 12 mensualidades de renta impagada.

¿Cubre cualquier inquilino?

No. La aseguradora estudia su solvencia antes de aceptar el contrato; si no la cumple, no asegura ese alquiler.